Introducción
Esta breve reflexión describe las condiciones históricas y contemporáneas de los mercados laborales entre México y Estados Unidos; plantea la necesidad de reconocer, legalizar, y ordenar la integración real y efectiva de dichos mercados, y propone una ruta crítica para lograrlo. Esta solución integradora pasa por la relación comercial, específicamente por el Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) en su capítulo 16 bajo el título Entrada Temporal de Personas de Negocios. Sin embargo, se argumenta que la efectividad de este recurso dependerá de la voluntad política de las partes para ampliar o modificar el dicho capítulo del T-MEC para un mayor y mejor ordenamiento de los mercados laborales en beneficio de ambos países y, potencialmente, de Canadá.
Los mercados laborales de Estados Unidos y México y su interacción
Los mercados laborales de Estados Unidos y México han mantenido una interdependencia histórica basada en dos factores. El primero es la vitalidad económica estadounidense, la cual exige un suministro constante de mano de obra, y el segundo es la demografía mexicana, la cual ha generado un excedente de mano de obra constante a lo largo de los siglos XX y XXI, aunque se espera que los cambios demográficos de México en las próximas décadas modifiquen esta condición. Este contexto ha generado una complementariedad estructural en ambos mercados laborales, que se ha manifestado en una migración constante de ciudadanos mexicanos hacia Estados Unidos.
A pesar de esta complementariedad histórica y estructural, la integración laboral entre ambos países se ha dado de manera errática y ha seguido dos rutas distintas. Una de ellas es la vía legal que, además de 5.4 millones de residentes permanentes autorizados y ciudadanos naturalizados nacidos en México, se compone de una diversidad de programas de trabajadores con visas de empleo, incluyendo las visas H1-B para profesionales, H2-A para trabajadores agrícolas, H2-B para trabajadores no agrícolas, y la visa TN, también para profesionales. Esta última categoría de visado fue contemplada en un principio en el Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (TLCAN) y actualmente es regulada por el T-MEC. La segunda ruta ha implicado un flujo constante de migración indocumentada de mexicanos hacia los Estados Unidos, que ha resultado en la presencia de por lo menos 5.3 millones de trabajadores nacidos en México, pero sin permiso para laborar en EEUU.
Esta presencia de millones de trabajadores documentados e indocumentados mexicanos en Estados Unidos habla por sí misma de la necesidad de una solución integradora, legal y ordenada de los mercados laborales entre ambos países.
Las condiciones de los mercados laborales en EEUU
La fortaleza de la economía estadounidense en el periodo post-COVID-19 ha exigido mayor cantidad y calidad de trabajadores. En el primer trimestre del 2024, la economía de los Estados Unidos tenía 8.1 millones de vacantes y solamente 6.1 millones de desempleados, es decir, un déficit de 2 millones de trabajadores. Este déficit, que se puede convertir en un problema estructural para los mercados laborales estadounidenses y la economía en general, solamente puede ser cubierto por la adición de más trabajadores, ya sea por un crecimiento demográfico nativo o por un aumento en la inmigración. Ninguna de estas rutas es suficiente. La tasa de crecimiento de la población en EEUU se sigue desacelerando, debido a una baja en las tasas de fertilidad, un millón de muertes por la pandemia, y un aumento considerable en las tasas de jubilación de la generación conocida como los boomers. Por otro lado, las rutas migratorias siguen estructuralmente acotadas. El sistema de visado para trabajadores es limitado y posee características que ciñen las probabilidades de que mayores números de personas accedan al mercado laboral estadounidense, incluyendo los altos costos de las visas y una tramitología complicada.
México emigra de nuevo
La constante necesidad de mano de obra en los mercados laborales estadounidenses viene acompañada de varias condiciones que comienzan a incentivar la migración desde México, después de haber estado varios años a la baja. Las principales condiciones son el desempeño subóptimo de la economía mexicana en los últimos años, con un crecimiento promedio de apenas 0.8% en los últimos seis años. Este bajo crecimiento impulsa un nuevo éxodo de trabajadores hacia los Estados Unidos—aproximadamente 48,000 mexicanos han sido detenidos en la frontera mensualmente del 2021 al 2024. Los programas sociales, mayormente de transferencias en efectivo, no han tenido un efecto disuasorio entre muchos mexicanos que prefieren trabajar en Estados Unidos, donde los salarios son mucho más altos que en México y que las propias transferencias gubernamentales. Además, la creciente inseguridad pública estimula el éxodo de ciudadanos mexicanos de clase media y alta, con un gran número trasladando su capital, sus familias, y sus negocios a Estados Unidos—muchos de ellos con visas temporales o de inversión. Esto indica que, en el futuro inmediato, cientos de miles de mexicanos seguirán buscando oportunidades de trabajo e inversión en ese país.
El T-MEC y el capítulo laboral: una visa especial
Las condiciones de la economía de Estados Unidos—con una constante demanda de trabajadores—y las condiciones económicas y de seguridad en México que incentivan un nuevo éxodo son un conjunto de factores que ameritan que los gobiernos ordenen y regulen los mercados laborales para evitar la irregularidad y beneficiar a ambos países. La ruta crítica para lograr esto se encuentra en el T-MEC, específicamente en su Capítulo 16, titulado, como ya se indicó, Entrada Temporal de Personas de Negocios.
Ahora bien, el T-MEC, antes TLCAN, no es explícitamente un tratado laboral. Sin embargo, contiene un apartado insertado a partir de una petición del gobierno mexicano a principios de los 1990s. El tratado dice:
Artículo 16.4: Autorización de Entrada Temporal 1. Cada Parte autorizará la entrada temporal a una persona de negocios que se encuentre calificada para entrar conforme a sus medidas relacionadas con la salud y seguridad públicas y seguridad nacional, de conformidad con este Capítulo, incluido el Anexo 16-A (Entrada Temporal para Personas de Negocios).
Para efectos de su implementación, Estados Unidos creó la visa TN, con la cual pueden acceder ciudadanos mexicanos y canadienses al mercado laboral estadounidense, siempre y cuando la profesión del solicitante se encuentre en la lista de profesiones enumeradas en el anexo del Capítulo 16. El efecto ha sido un creciente, aunque todavía limitado, uso de esta visa, como lo muestra la gráfica . Lo que impide el uso de este visado en mayores números es principalmente el límite que impone la lista de 63 profesiones (más una agregada más tarde), las cuales se encuentran ya desfasadas de la realidad laboral de la tercera década del siglo XXI. Pero lo que facilita el uso de esta visa es que, a diferencia de otras visas, su costo es relativamente bajo, no tiene límites numéricos ni nacionales, es renovable indefinidamente, y, sobre todo, es un instrumento de integración laboral flexible porque se encuentra de facto indexado al desempeño económico de los Estados Unidos. Cuando la economía crece, las ofertas de trabajo se generan en mayor número y por tanto hay una mayor solicitud de visas. Cuando la economía se ralentiza, las ofertas de trabajo bajan y por tanto hay una menor solicitud de visas. En este sentido, es el mercado de trabajo el que determina cuántas visas se solicitan y se otorgan anualmente.
La visa, sin embargo, tiene la importante limitante de que solamente 64 profesiones pueden acceder a ella, en un mercado laboral donde las categorías de profesiones individuales existentes se cuentan por decenas de miles y las profesiones existentes en la economía del Siglo XXI han cambiado sustancialmente después de más de 30 años de la integración de dicha lista. En consecuencia, muchos profesionistas acceden a esta visa bajo la categoría de “consultor,” en parte porque sus profesiones no encuentran cabida en la lista del anexo, lo que desvirtúa la intención original de esta visa.
Todo esto apunta a la necesidad de actualizar el Capítulo 16 del T-MEC, el cual fue trasladado sin cambios en la renegociación del TLCAN, ahora T-MEC, entre 2017 y 2020. La oportunidad de hacerlo se presenta en la revisión del tratado mandatada por el mismo acuerdo en el Capítulo 34, Sección 7, para el año 2026. Existen, sin embargo, importantes dudas respecto a la reapertura del tratado, debido al ambiente político que prevalece tanto en Estados Unidos como en México. Estas dudas existen también en Canadá, aunque ese país ha sido más proactivo y ya prepara varios escenarios para la defensa del tratado en caso de que éste llegase a entrar en una etapa de renegociación. Expertos han sugerido dejar el tratado inalterado y reducir el riesgo de modificaciones sustantivas o, incluso, de cancelación si se abre una nueva renegociación. Ante este temor, existe otro camino para modificar el Capítulo 16, sin necesidad de una renegociación.
El 7 de octubre de 2003, hubo una decisión respecto al TLCAN, precisamente sobre el Capítulo 16. En esta decisión la Comisión del TLCAN amplió la definición de la profesión “Matemático” para incluir la profesión de “Actuario.” Asimismo, el término “Biólogo” fue ampliado para incluir la profesión “Patólogo de plantas.” El Grupo de Trabajo de Entrada Temporal del TLCAN (GET) aceptó dicha decisión, la cual entró en efecto el 1° de febrero del 2004. El GET también solicitó desarrollar procedimientos acordados de manera trilateral para adicionar y eliminar profesiones del Apéndice 1603.D.1 (Profesionistas) del TLCAN. Los tres países aceptaron dicho acuerdo con base en la facilitación del comercio transfronterizo en materia de servicios. El Grupo de Trabajo de Entrada Temporal es dirigido por Canadá, pero esta propuesta puede presentarse al Representante de Comercio de los Estados Unidos (USTR) con la coordinación de México y Canadá y, preferentemente, en coordinación con los sectores privados de los tres países. Esta solución es conveniente porque no requeriría la renegociación del tratado.
Mercados laborales y la revisión del tratado en el 2026
En preparación para la revisión del tratado en el 2026, el gobierno de Canadá ya inició sus trabajos. La Cámara de los Comunes ordenó su primer estudio sobre el tema, e incluyó a representantes de la industria, las asociaciones de comercio, los sindicatos, las organizaciones de la sociedad civil y los centros de investigación. Ottawa espera formular su postura ante las revisiones del tratado en el 2025. México, por su parte, ha comenzado algunos trabajos preparatorios para las revisiones del 2026. Estas deliberaciones deben incluir una expansión de la lista de profesiones elegibles para la visa de trabajo TN o incluso solicitar que esta sea una lista negativa—especificando las profesiones que no califican y dejando que el mercado laboral determine la integración de mano de obra en Norteamérica. Sin embargo, si la preferencia es que el tratado se revise con relación a su funcionamiento, pero no se abra a una renegociación, el Gobierno de México debe plantear estas modificaciones a través de la comisión trilateral que realizó los cambios a la lista en 2003.
Conclusión
Ante la improbabilidad de una reforma migratoria comprensiva en Estados Unidos en un futuro próximo y la evidente e incontenible integración de los mercados laborales de ambos países, sería un error no explorar una ruta tan prometedora para aprovechar la complementariedad de estas dos economías en mercados de trabajo de manera legal y ordenada. El T-MEC ofrece una ruta clara y relativamente efectiva, aun cuando cualquiera de los dos caminos—una apertura completa a la renegociación del tratado o un cambio a la lista de profesiones mediante los trabajos trilaterales del GET—implican riesgos importantes. La alternativa es el estatus quo—una integración laboral de múltiples rutas, documentadas y no autorizadas, con ineficiencias en los mercados de trabajo y una migración irregular que irrita constantemente la relación binacional.
Referencias:
Comisión de Libre Comercio del TLCAN. (2003). Celebrando una década del TLCAN. http://www.sice.oas.org/tpd/nafta/Commission/2003meeting_s.pdf.
Cornelius, W. (1998). The Structural Embeddedness of Demand for Mexican Immigrant Labor: New Evidence from California. In Suárez-Orozco, M (Ed.), Crossings: Mexican Immigration in Interdisciplinary Perspectives (pp. 113-155). Harvard University Press.
Bureau of Labor Statistics. (2024, June 4). The Employment Situation. https://www.bls.gov/news.release/pdf/empsit.pdf.
Migration Policy Institute. (2019). Profile of Unauthorized Population: United States. https://www.migrationpolicy.org/data/unauthorized-immigrant-population/state/US#topcountries
Statistica. (Marzo, 22). Montly Job Openings in the United States from March 2022 to March 2024. https://www.statista.com/statistics/217943/monthly-job-openings-in-the-united-states/. U.S. Customs and Border Protection. (2024). Nationwide Encounters. https://www.cbp.gov/newsroom/stats/nationwide-encounters.
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