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Los derechos y obligaciones del T-MEC

  • Si un panel concluye que México está en falta de sus compromisos del T-MEC, y nuestro país se negara a acatar el fallo, las consecuencias serían una serie de represalias comerciales a través del incremento de aranceles a nuestras exportaciones, por montos equivalentes al daño que ese hipotético incumplimiento hubiera generado.
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FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

No es ningún secreto que las expectativas económicas de México, incluyendo la capacidad del país para beneficiarse del fenómeno de relocalización de inversiones y la posibilidad de aumentar su oferta exportable en el contexto del reordenamiento de las cadenas de suministro a nivel mundial, dependen en gran medida de la capacidad mexicana de asegurar su lugar preferencial como proveedor de Estados Unidos.

Afortunadamente para nosotros, el Tratado México–Estados Unidos–Canadá (T-MEC), que entró en vigor en julio del 2020, ha ayudado enormemente a estos objetivos: el país recibió más de 18 mil millones de dólares de inversión extranjera directa en el primer trimestre del 2023, a la vez que México se consolidó como el primer socio comercial de Estados Unidos, proveyendo alrededor del 15 % de todas las importaciones que hace dicho país. Es por ello que resulta confusa –por decir lo menos– la manera en la cual diversas decisiones de México han tensado de manera notoria la relación comercial con nuestros socios del T-MEC.

En el caso de la política energética, Estados Unidos y Canadá iniciaron consultas hace más de un año respecto de las acciones que el gobierno de México ha tratado de implementar, con el objetivo aparente de regresar al Estado como el actor preponderante en dicha industria, a costa de desplazar los derechos de las empresas privadas. Aunque no se ha establecido formalmente el panel de solución de controversias, diversos trascendidos han señalado que esto es inminente.

En donde sí se solicitó avanzar hacia la etapa litigiosa es en el caso de las restricciones de México en la importación de maíz genéticamente modificado. El argumento que México ha utilizado es que el consumo de dichos productos representa un riesgo para la salud y, por lo tanto, debe restringirse; por su parte, Estados Unidos y Canadá consideran que independientemente del riesgo (que a su parecer no está demostrado), existen procedimientos claros dentro del T-MEC para implementar barreras técnicas al comercio, las cuales fueron simplemente ignoradas por México.

Hay otros rubros en los que, si bien no se ha llegado a un procedimiento de solución de controversias, sí han generado mucha inquietud entre la comunidad empresarial de América del Norte. Por ejemplo, las modificaciones a la Ley de Minería, las decisiones en materia de adquisición de medicamentos, respeto a los derechos de la propiedad intelectual, temas relativos a las prácticas pesqueras y hasta la construcción del Tren Maya recientemente han provocado preguntas sobre el compromiso real de México con las obligaciones del T-MEC.

Si un panel concluye que México está en falta de sus compromisos del T-MEC, y nuestro país se negara a acatar el fallo, las consecuencias serían una serie de represalias comerciales a través del incremento de aranceles a nuestras exportaciones, por montos equivalentes al daño que ese hipotético incumplimiento hubiera generado.

Ante este tipo de cuestionamientos es frecuente ver como respuesta que el gobierno de México está facultado para tomar decisiones en materia de política pública, de acuerdo con el mandato de la Constitución, y que ningún tratado internacional está por encima de nuestra Carta Magna.

Personalmente, creo que esto es un falso debate. Claramente, no hay nada en ningún tratado internacional que impida a México tomar las decisiones que considere que son las mejores para el país, así como también es correcto decir que ningún tratado internacional puede estar encima de la Constitución. Pero lo que no está permitido es que se tomen decisiones que sean inconsistentes con los compromisos que nuestro país voluntariamente decidió adoptar, y menos aún, hacerlo a través de leyes secundarias o incluso de actos administrativos.

Adicionalmente, este tipo de defensa parece hacer a un lado el hecho de que todos los países podrían argumentar exactamente lo mismo. En el peor escenario imaginable, ningún país se comprometería a nada con otros países precisamente para poder tener la mayor flexibilidad posible al momento de ejercer la política que considere conveniente.

Podemos estar o no de acuerdo con el Tratado en su conjunto o con algunos de sus contenidos en lo individual. Pero lo que definitivamente no podemos hacer es pretender beneficiarnos de sus disposiciones, y al mismo tiempo negarnos a cumplir aquello que no nos guste o que no nos convenga ideológicamente. La ambigüedad tiene un costo, y en este caso podría ser dramático, ya que además de las represalias comerciales que ya se mencionaron podríamos estar comprometiendo la viabilidad futura de nuestro país como destino de inversión.

México debe de ser el primer país en exigir que el T-MEC sea respetado a cabalidad. Ese respeto a la integridad del Tratado no solamente nos beneficia por un tema de certidumbre jurídica, sino porque además nos permite estar en igualdad de circunstancias ante nuestros socios comerciales.

El cambio de reglas y condiciones a nivel mundial puede ser muy benéfico en términos de comercio e inversión para el país. Pero si nosotros mismos hacemos agujeros en el bote, a través de la aplicación selectiva del Tratado, no importa si esos hoyos son pequeños, el bote terminará hundiéndose en algún momento.

Te invitamos a leer este artículo en Animal Político.

Juan Carlos Baker Pineda (@JCBakerMX) es socio fundador de Ansley Consultores, profesor de Comercio y Economía en la Universidad Panamericana y Experto México, ¿cómo vamos?

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